👉Pues bien, como siempre, todo depende.
🔹Si firmamos un convenio regulador y aceptamos considerarlos como gasto extraordinario, sí tendremos que abonar el 50% de los mismo. También en el caso de que la Sentencia que establece las medidas lo indique expresamente.
🔸En caso de que tu convenio regulador o sentencia no determine expresamente nada sobre los libros o material escolar y se limite a decir que los gastos extraordinarios serán abonados por mitad, debes saber que el Tribunal Supremo aclaró su postura indicando que son gastos ordinarios y previsibles y deben ir incluidos en la pensión de alimentos. (Sentencia del Tribunal Supremo 579/2014 de 14 de Octubre).
✅ Si vas a firmar próximamente un convenio regulador es importante tener esto en cuenta para establecer la pensión de alimentos adecuada para los menores.